El Ministerio de la Presidencia, a través del Viceministerio de Descentralización y la | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
REGLAMENTO DE LA Cochabamba, Campo Ferial Alalay, 20 al 22 de noviembre, 2008 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CAPÍTULO I
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Artículo 1º (Objetivos del Reglamento) Normar los aspectos generales y específicos de la Expoferia Bolivia Municipal 2008, para su cumplimiento durante la etapa de organización, el desarrollo de la Expoferia y los procesos de cierre correspondiente. Artículo 2º (Concepto y alcance) El presente reglamento contiene las normas que regirán los procesos técnicos y administrativos de organización, desarrollo y cierre de la Expoferia Municipal 2008. Las disposiciones del presente reglamento se aplican a los organizadores, auspiciadores, expositores de la Expoferia Bolivia Municipal. Artículo 3º (Naturaleza de la Expoferia) La Expoferia Bolivia Municipal es de naturaleza eminentemente municipal y concebida como un espacio para exponer directamente los logros de la gestión de los municipios de Bolivia. Se realiza bajo la responsabilidad institucional de la Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAM - Bolivia) y el Ministerio de la Presidencia a través del Viceministerio de Descentralización. Adicionalmente contempla la presentación de experiencias del Gobierno Nacional, Prefecturas y la Cooperación internacional en el ámbito municipal. Finalmente contempla la realización de eventos culturales y de análisis de temas de interés municipal. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
TÍTULO II | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Artículo 4º (Sede) Campo Ferial de Alalay, Cochabamba - Bolivia.Artículo 5º (Fecha y Cronograma) La Expoferia Bolivia Municipal 2008 se realizará del 20 al 22 de noviembre de 2008. Las actividades se regirán según el siguiente cronograma (ver cuadro cronograma). | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CAPÍTULO III | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Artículo 7º (Organización) Está a cargo de las autoridades y personal técnico del Viceministerio de Descentralización y la FAM-Bolivia, dispuestos en niveles de decisión, gerencia y operativo. Artículo 17º (Prohibiciones en el área de exposición) El uso del servicio de altavoces, para fines publicitarios no son autorizados. Instalación de banderines, letreros, material de decoración y cualquier material publicitario, en áreas comunes y fuera de los límites de su stand sin autorización expresa del Comité Organizador.El funcionamiento de motores y artefactos de gas, kerosén, diesel o gasolina. Efectuar trabajos de instalación, dentro del horario de exposición. El consumo de bebidas alcohólicas. Fumar dentro de la exposición.El uso de pinturas, pegamentos, clavos, grapas o cualquier material que dañe en alguna forma los paneles, la estructura de aluminio o el salón de exposiciones.Todos los medios de publicidad que, a juicio de los organizadores, puedan causar molestias o que obstaculicen la circulación de los visitantes.Exhibir equipos o maquinaria en funcionamiento, que de alguna manera representen peligro o causen incomodidad para los participantes. Se exceptúan las muestras audiovisuales, en cuyo caso el volumen no deberá interferir con el normal desempeño de la Expoferia Bolivia Municipal 2008.El retiro de cualquier producto, equipos o maquinaria que esté en exhibición antes del cierre de la exposición. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
TÍTULO IV | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Artículo 18º (Foros de análisis y discusión) Se abordarán los temas de interés municipal bajo cronograma y metodología específica. Se cumplirán los dos días de la Expoferia de 17:00 a 19:00 | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
TÍTULO V ASPECTOS ADMINISTRATIVOS | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Artículo 21º (Responsable de la Ejecución) Estará a cargo de una persona expresamente designada y facultada para autorizar gastos, ordenar pagos o realizarlos. Dichas facultades se regirán por disposiciones internas, concordantes con normas vigentes, tales como la Ley Nº 1178, Normas Básicas de los Sistemas de Administración de Bienes y Servicios, entre otras.
Cuadro: Cronograma montaje de los stands
Cuadro: información básica de los stands
Cronograma
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